sábado, 12 de mayo de 2012

Cambian reglas de acceso

12 de mayo de 2012

Testigos de Jehová cambian reglas de acceso a urbanizaciones públicas en Puerto Rico 

Por Keila López Alicea / keila.lopez@elnuevodia.com 

Inversión pública es la llave de Testigos de Jehová
 
Las urbanizaciones con entradas por “tele entry” tendrán que garantizar el paso de los Testigos de Jehová.

Los residentes de urbanizaciones con control de acceso tienen varias formas de cumplir con la reciente decisión del Tribunal Federal que permite el libre acceso de los Testigos de Jehová.

Las instrucciones del juez federal Gustavo Gelpí indican que los ocho Municipios incluidos en la demanda deberán presentar un plan en o antes del 1 de octubre de 2011 con las medias que tomarán las urbanizaciones para que los miembros de la congregación puedan entrar a realizar sus trabajos de evangelización casa a casa.
Aunque se ha señalado como alternativa que se contrate a un guardia de seguridad para aquellas urbanizaciones que no los tienen, también se permitirán “soluciones innovadoras” para que el portón esté supervisado, explicó la abogada Nora Vargas Acosta, representante legal de los Testigos de Jehová a nivel local. La abogada Irma Castro Dieppa, a su vez, señaló que la decisión del Tribunal Federal no aplica a aquellas urbanizaciones que sean responsables de todos los servicios y costos de mantenimiento dentro de sus predios.

A continuación, respuestas a algunas dudas sobre la determinación.

A continuación las respuestas a algunas preguntas comunes:

¿le aplica a los condominios La determinación judicial?
La abogada Nora Vargas Acosta indicó que la apertura del control de acceso no incluye a los condominios ya que estos son propiedades privadas en su totalidad. A diferencia de las urbanizaciones, los condominios no tienen espacios públicos -como calles o parques- donde los gobiernos municipales invierten fondos.

¿Qué pueden hacer los Testigos de Jehová dentro de las urbanizaciones?
La decisión judical solo les permite realizar labores para diseminar su fe, dijo Vargas Acosta. El ministro portavoz de la congregación, Reinaldo Candelaria, indicó que la evangelización -casa por casa- es parte de su misión hace más de 60 años y ellos solo visitan las viviendas para hablar con los residentes y repartir material de lectura.

¿Hasta dónde puede llegar el Testigo de Jehová?
La abogada Irma Castro Dieppa, experta en urbanizaciones y la Ley de Propiedad Horizontal, indicó que la decisión judicial establece que las calles y las aceras de las urbanizaciones son lugares públicos, por lo que pueden transitar por ellas. La licenciada Vargas Acosta señaló que los feligreses tocarán las puertas de las residencias, pero se abstendrían de hacerlo en el futuro si estos les informan que no están interesados en que los visiten.

¿Por qué los Testigos de Jehová tienen que evangelizar casa por casa?
El ministro portavoz de los Testigos de Jehová, Reinaldo Candelaria, explicó que las visitas a las residencias tiene su raíz en el libro de Hechos de la Biblia y la enseñanza de evangelizar en persona viene de los ejemplos que estableció Jesús. “Si quieres ayudar realmente a una persona no le puedes mandar un email o un aviso por el celular, tienes que verlo cara a cara”, destacó.

¿Un residente puede recoger firmas para oponerse a que algún visitante, aunque sea religioso, toque su puerta?
La abogada Irma Castro Dieppa recordó que una decisión del Tribunal Supremo local fue la que le dio el poder a los residentes de las urbanizaciones con control de acceso a rechazar el paso hacia su casa de visitas no autorizadas. Por esto, comentó que las asociaciones de residentes podrían dialogar con los Testigos de Jehová para informarles qué residentes no desean recibirlos. No obstante, esto no es parte de la decisión judicial y no tendría que ser aceptado.

¿Qué pasa con las urbanizaciones que no tiene inversión pública?
Castro Dieppa explicó que la titularidad de las calles y controles de acceso la tienen los municipios. Si una urbanización no quiere cumplir con la orden del Tribunal, tendrían que rechazar la inversión pública y asumir la titularidad de las áreas y su mantenimiento.

Libre acceso para los Testigos de Jehová

10 de mayo de 2012
El Nuevo Día
Por Gerardo E. Alvarado León / galvarado@elnuevodia.com
 

Podrán entrar a las urbanizaciones cerradas la sentencia del Tribunal Federal le aplica a las urbanizaciones con control de acceso en Bayamón, Caguas, Dorado, Gurabo, Guaynabo, Ponce, San Juan y Trujillo Alto. (El Nuevo Día / Xavier J. Araújo)


Permitir la entrada de los Testigos de Jehová a las urbanizaciones con control de acceso -como ordena una reciente sentencia del Tribunal Federal- protege los derechos constitucionales de culto y libertad de expresión de esa congregación sin que se coarten, necesariamente, los derechos a la privacidad e intimidad de los residentes.

En opinión del licenciado Osvaldo Burgos, presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Colegio de Abogados, la sentencia, firmada por el juez federal Gustavo A. Gelpí el pasado 2 de febrero, también confirma que las urbanizaciones con control de acceso siguen siendo espacios públicos aunque estén cerradas.

“El planteamiento constitucional que hay detrás de la decisión es la libertad de culto y de expresión. El derecho a la intimidad no está en juego pues el que los Testigos de Jehová entren a la urbanización no quiere decir que entrarán a las casas”, dijo Burgos.
La sentencia le aplica a las urbanizaciones con control de acceso en Bayamón, Caguas, Dorado, Gurabo, Guaynabo, Ponce, San Juan y Trujillo Alto.

Gelpí le ordenó a esos municipios asegurarse que en las urbanizaciones con control de acceso en las que haya guardias se permita la entrada de los Testigos de Jehová, siempre y cuando estos se identifiquen. En las urbanizaciones en las que no haya guardia, deberá contratarse personal durante el día o para días específicos.

Los municipios deberán entregar en o antes del próximo 1 de octubre un “plan de acción” detallando cómo se les permitirá la entrada a los Testigos de Jehová que antes se les negó.
Asimismo, a partir de ahora, todas las urbanizaciones que soliciten permiso para control de acceso deberán tener guardias que permitan la entrada de los Testigos de Jehová.
Quienes incumplan estas órdenes se exponen a sanciones, desacato y/o a que abran los controles de acceso.
“Estamos satisfechos, sin lugar a duda, de que se nos permita entrar a las comunidades. Nuestra obra no supone una amenaza para la seguridad de las urbanizaciones”, dijo Reinaldo Candelaria, ministro portavoz de los Testigos de Jehová en la Isla.

Costos inesperados

Para los vecinos a quienes les afecta la sentencia, sin embargo, representa un gasto económico no planificado.

José Velilla, presidente de la Asociación de Residentes de Villa Paz, en Trujillo Alto, indicó que su urbanización, de apenas 22 casas, es una de esas que no tiene guardias en el control de acceso, por lo que tendrán que contratarlos.

“Les dimos otras alternativas y no aceptaron, por ejemplo, que entraran por el portón peatonal. Esto nos obligará a incurrir en un montón de gastos extra”, acotó Velilla.
En tanto, el alcalde de Bayamón, Ramón Luis Rivera Cruz, indicó que ya le notificó a las asociaciones de residentes la decisión del tribunal, de manera que puedan ponerse de acuerdo con los Testigos de Jehová para establecer horarios y días de visita. De esta forma, dijo, se evitará que personas ajenas ganen acceso haciéndose pasar por ellos.

El Nuevo Día obtuvo copia de una carta en la que el alcalde de Guaynabo, Héctor O’Neill, también se comunica con las asociaciones de residentes.

jueves, 10 de mayo de 2012

Carta circular de 29 de abril de 2012

Se incluye la carta circular de 29 de abril de 2012 de ADRLE, para beneficio de los residentes y dueños de la Urbanización La Esmeralda.


Carta circular de 29 de abril de 2012

Watchtower v. Sagardía, Feb. 7, 2011 -Orden de febr. 2012

El 1 de febrero de 2012 se emitió una Orden a los municipios, incluyendo al municipio de Caguas, para hacer valer y cumplir la Opinión y Sentencia de 7 de febrero de 2011 en el caso Watchtower v. Sagardía, Feb. 7, 2011, y asegurar que se brinde acceso a los Testigos de Jehová en las urbanizaciones con control de acceso.

Order Febr. 1, 2012, Dkt. 710

Watchtower v. Sagardía, Feb. 7, 2011